vial@editorialrevistas.com.ar

Buscar

Guía Iberoamericana de atención integral a víctimas de siniestros de tránsito

Guía editada por el CAF (Banco de Desarrollo de América Latina), el FICVI (Federación Iberoamericana de Asociaciones de Víctimas contra la Violencia Vial y la Fundación MAPFRE. SEGUNDA PARTE.
Para conocer las últimas noticias, suscribirse a nuestras actualizaciones.

ÚLTIMA EDICIÓN

NEWSLETTER

EDITORIAL

 

APOYO PSICOLÓGICO A VÍCTIMAS Y FAMILIARES

El duelo y cómo luchar contra el estrés emocional

Se demostró que, después de la emergencia, los problemas de salud mental en los supervivientes requieren atención y seguimiento durante un período prolongado, a lo largo del cual tienen que enfrentarse a la tarea de reconstruir sus vidas.
La gran mayoría de las personas, si reciben una adecuada primera ayuda psicológica, no tendrán necesidad de atención profesional.
Hacer el duelo implica que la persona se compromete activamente a un trabajo personal que la llevará a reconocer y aceptar la pérdida sufrida y sus consecuencias.
Los duelos conllevan etapas, sucesivas o no, que permiten transitar y tramitar las perdidas. No es un proceso lineal de mejora continua. Estas etapas no necesariamente se suceden; pueden solaparse y es frecuente que se produzcan avances y retrocesos. Pero siempre están presentes ante estos acontecimientos dolorosos.

Diferentes etapas de duelo y cómo hacerles frente

El duelo es un camino por donde tenemos que atravesar una serie de etapas. Aquí, se brinda una aproximación a lo que ocurre, siendo posibles retrocesos y avances a lo largo del proceso. Aunque el duelo dependerá de cada persona y por ello es muy difícil poner un límite, se trata de un proceso lento pero progresivo. Un momento clave puede ser aquel en el que somos capaces de mirar hacia el pasado y recordar sin tan aguda pena y dolor.

El duelo con niños

Ellos viven un duelo de una forma diferente. Para atravesar las etapas del duelo, el niño necesita saber la verdad, y tiene derecho a ella. Por esta razón, resulta esencial tenerlo al tanto de lo que sucede y darle la información que requiera. Necesitan imágenes y recuerdos y es importante que diga adiós a quien está agonizante o ha muerto. También que asista a las ceremonias en la iglesia, el velorio y el cementerio. Podrán vivir su duelo sólo si los adultos de la familia lo toleran y lo alientan a que lo haga. De todos modos, una parte de su duelo quedará latente hasta su adultez.

Reacciones físicas, emocionales y psicológicas que se consideran normales en los niños

Cualquier experiencia traumática supone un desequilibrio repentino del día a día. Durante unas horas, días o semanas, habrá una serie de reacciones que deberán ser consideradas normales y pasajeras, como las presentadas a continuación, entre otras:

  • Angustia, hiperactividad, insomnio, pesadillas, miedo a ir a dormir, pérdida de apetito o comer en exceso, nudo en el estómago y la garganta, pérdida de concentración, cambios de humor.
  • Emociones variables o incontroladas, dificultad al recibir o demostrar afecto, plantearse constantemente “¿por qué?”, tendencia a evitar situaciones o lugares relacionados con los hechos, a evitar hablar y pensar en lo que ha pasado.

Todas estas reacciones, están dentro de la “normalidad” y es esperable que sean pasajeras si las afrontamos y entendemos en lugar de evitarlas. La gran mayoría de las personas las superan sin padecer secuelas psicológicas que precisen tratamiento.
No todas las personas presentarán estos síntomas, ni en la misma intensidad. En los niños, en general, las reacciones más frecuentes son las emociones y comportamientos asociados al miedo y los trastornos del sueño. Su silencio, en principio, no tendría que ser una conducta motivada por evitar hablar del siniestro, pero será importante observar su comportamiento (si expresa tristeza, está más quieto de lo normal o se mueve más que antes de los hechos). Será acertado saber “leer” sus expresiones, sobre todo aquellas que son muy diferentes de las habituales.

Cómo y cuándo se da la comunicación de malas noticias a los niños

Sin una comunicación abierta y honesta, los niños buscan sus propias respuestas a preguntas que están por encima de su capacidad de comprender. Es importante que los padres disipen el pensamiento mágico y erróneo respecto a la muerte para poder establecer un vínculo emocional entre ellos y los hijos que quedan. Éste es un momento crucial que puede afectar al desarrollo de su personalidad y a su capacidad para establecer y mantener relaciones futuras entre padres e hijos. Es necesario informarles de lo sucedido inmediatamente: padres o personas próximas en un lugar privado y tranquilo –es más conveniente cuando se encuentre en su casa–. Hay que explicar a los niños el estado emocional de los padres; explicar lo ocurrido con palabras sencillas, repitiendo la información las veces que sea necesario, sin mentiras. No dar demasiadas explicaciones. Permitirle expresar emociones e ir al funeral. Debemos dar a esta experiencia un trato respetuoso reconociendo el papel que juega en nuestras vidas, pero no podemos permitir que se apodere de ellas.

Duelo con adolescentes

Es muy importante hablar con ellos. Si les mentimos o evitamos decirles lo que sabemos, aparecerá una desconfianza hacia nosotros porque pensarán que no confiamos en ellos y que les mentiremos siempre.
La actividad y el no evitar afrontar la situación, intentando normalizar en la medida de lo posible
nuestra vida, cuanto antes, es la clave para el afrontamiento. No sólo uno mismo, sino también los que nos rodean se beneficiarán de ello. La actividad es uno de los mejores recursos. Los adolescentes ya de por sí se encuentran en una etapa complicada de su evolución. El añadir un impacto emocional como puede ser sufrir un siniestro de tránsito, ser los causantes, o que familiares o amigos queden heridos o fallezcan no hace sino romper el equilibrio, que ya de por sí en esa etapa están en constantes cambios.
Tras un hecho traumático, las reacciones son distintas, según sean las edades. Al igual que con los niños, debería procederse del mismo modo, explicando reacciones, observando, dejando que expresen, sin mentir. Ayudarles a poner nombre a aquello que están sintiendo. Sin embargo, las manifestaciones más visibles aquí pueden variar: ira, irritabilidad, comportamiento asocial, hermetismo, bajo rendimiento académico. Cabe señalar también que quizás puedan albergarse sentimientos de culpa relacionados con el síndrome del superviviente (“tenía que haber muerto yo”) o bien manifestaciones que le hagan sentir que el hermano que falleció se convierte en alguien magnificado y se sienta relegado del núcleo familiar, intentando estar siempre a la altura de las circunstancias o bien intentando suplir a quien ya no está.
Es un buen momento para potenciar y enseñar a resistir la presión de grupo. La actividad académica puede verse alterada. Habrá que partir del expediente habitual del alumno, si era brillante, mediocre o deficiente. Su grupo de referencia: ¿continúa saliendo o, por el contrario, se aísla en casa? ¿Dice que no sale porque tiene que estudiar o bien lo está evitando? La mejor prevención será atender a sus demandas, explicarle y ayudarle a solicitar ayuda, que en ocasiones “el tiempo sólo no lo cura todo” y hay que acudir a un profesional, así como intentar detectar –sin confundir con lo propio de la etapa evolutiva–cualquier comportamiento que nos llame la atención.

¿Cómo luchar contra el estrés emocional en caso de hospitalización?

Las secuelas psicológicas pueden aparecer tras un cierto grado de recuperación física. Los períodos de ingreso hospitalario constituyen una discontinuidad forzosa en nuestra vida tanto personal como social y laboral, por lo que es conveniente, en algún momento, empezar a pensar en cómo nos adaptaremos a la nueva situación, atendiendo a la presencia de secuelas físicas y a su repercusión futura.

IMPORTANTE: Las reacciones psicológicas agudas se experimentan durante o inmediatamente después de un siniestro de tránsito y tienden a resolverse progresivamente en los seis primeros meses. Si no desaparecen, se debe consultar lo antes posible con un especialista en este tipo de trastornos.

NUNCA: Recurrir a la auto-medicación: es frecuente el mal uso de fármacos en estas etapas, así como su mantenimiento posterior.

Orientación jurídica

Para quienes han sufrido un siniestro de tránsito, es fundamental disponer de suficiente información sobre el sistema jurídico de cada país, elaborada con un lenguaje sencillo y que dé respuesta a las dudas que surgen en un primer momento. Dicha orientación debe proporcionar información y recomendaciones específicas sobre las cuestiones más relevantes.
La complejidad del sistema judicial, para quienes lo desconoce, y la necesidad de averiguar la verdad de los hechos ocurridos, impide muchas veces hacer valer sus derechos (a las personas afectadas), porque el estado emocional y las diversas circunstancias padecidas llevan, en ocasiones, a tomar decisiones equivocadas que difícilmente se podrán solucionar posteriormente.

Información básica general

Las personas que han padecido un siniestro de tránsito y ahora buscan una respuesta en la justicia deben saber que tienen una serie de derechos relativos a las posibilidades de obtener un proceso de restitución y reparación del daño sufrido. Aunque sabemos que nada podrá reparar la pérdida de un ser querido o lesiones irreversibles.
Por otro lado, es necesario asegurarse de contar con el mejor asesoramiento posible acerca de cómo enfocar la reclamación de las indemnizaciones y reparaciones a los que las víctimas tienen derecho. En este sentido, es aconsejable seleccionar con calma dicho asesoramiento y no aceptar ofertas apresuradas o de abogados de los que no se tienen referencias previas y que pueden aparecer de forma repentina en hospitales, salas de urgencias, juzgados, centros de denuncia, lugar del siniestro. Estas personas muchas veces, pueden incluso disponer de información particular sobre el caso específico y las personas afectadas, lo que puede inducir cierta confianza en su profesionalidad. En estos casos siempre se debe estar alerta y pedir una segunda opinión y orientación.

Denuncia y demanda

La denuncia puede interponerse cuando se han sufrido daños personales y materiales (vía penal), o exclusivamente daños materiales siempre que estos deriven de un hecho constitutivo de infracción penal.
La demanda puede interponerse cuando se han producido daños exclusivamente materiales, o bien lesiones personales muy leves (siempre que no requieran asistencia facultativa y tratamiento médico). La demanda se interpone por la vía civil.
Por tanto, toda víctima de un siniestro podrá acudir a la vía judicial cuando se han producido daños personales, materiales o ambos y tiene derecho a presentar una denuncia o una demanda según proceda.

¿Quién debe realizar la denuncia?

La víctima, si está en condiciones de hacerlo dentro del plazo máximo legal establecido. En el caso de menores de edad, a través de sus representantes legales. Si la víctima no está en condiciones de poder formular denuncia, el familiar más cercano. En caso de fallecimiento, pueden hacerlo los perjudicados directos (cónyuge, hijos, progenitores, hermanos, entre otros).
Para realizar la denuncia, la víctima debe acudir a la comisaría que corresponda en el lugar donde haya ocurrido el siniestro. Allí se le debe informar del procedimiento a seguir.

Asistencia jurídica ¿Cómo cubrir los gastos del proceso judicial?

Muchas veces, las víctimas de los siniestros de tránsito o sus familiares carecen de bienes suficientes para iniciar un juicio y se encuentran doblemente victimizadas. Deben tener presente que, si cumplen los requisitos legales en la mayoría de países, pueden acceder a los servicios de asistencia jurídica gratuita. En este punto recordamos que el derecho a acceder a la justicia implica la obligación positiva del Estado de crear las condiciones jurídicas y materiales que garanticen su vigencia en condiciones de igualdad.

Acuerdo entre partes, fase de conciliación

En algunas jurisdicciones existe lo que se conoce como Acuerdo Extrajudicial o Fase de Conciliación, lo que quiere decir que ambas partes pueden reunirse para alcanzar un acuerdo amistoso de conformidad y determinar por mutuo acuerdo la cuantía de indemnización en los daños materiales. Dicho acuerdo no es de obligatoria aceptación, aunque, en algunos casos, para la reclamación de daños materiales se establece como requisito previo realizar esta fase y, de no estar de común acuerdo, se deja por escrito la inconformidad o falta de conciliación y la voluntad de continuar con el proceso.

Documentos claves

Informe de recopilación de datos del siniestro Después del siniestro, es fundamental obtener copia del documento oficial que elaboran las autoridades encargadas de la vigilancia del tránsito. En este documento se recogen todos los datos observados, hechos averiguados, declaraciones y circunstancias relevantes para poder determinar las causas del siniestro. Este informe se conoce con diferentes nombres dependiendo del país (atestado, parte policivo, croquis de accidente, IPAT, entre otros) pero el contenido es básicamente el mismo y constituirá una prueba fundamental para dar inicio al proceso por daños y perjuicios y establecer la responsabilidad del siniestro.

Informe médico de ingreso hospitalario

Es el documento que completa el facultativo que atiende a la víctima, en el que indica una breve referencia a la historia clínica del ingreso, con antecedentes personales, quirúrgicos y otros que considere de importancia, así como la posible patología actual y causa de la misma.

Informe de médico forense

Este informe es emitido por un profesional médico adscrito al Juzgado que realiza la instrucción y en él deberá informar acerca de la totalidad de las lesiones que haya sufrido la víctima (incluida esta información como los días de curación o estabilización de la lesión, el tipo de secuela y el tiempo de incapacidad del afectado). En este informe, se realizan una serie de valoraciones concretas para cada caso y es necesario que se le aporte toda la información médica y de rehabilitación de la que se disponga.

Certificado de fallecimiento

Firmado por el personal de salud interviniente y partida de defunción, entregada por el registro civil o la casa mortuoria.

Tipos de procesos legales

En el caso de que sea víctima directa o familiar de una víctima de un siniestro de tránsito, la persona tiene derecho a que se le reconozca el daño causado y consecuentemente a ser indemnizado de los daños sufridos (físicos, materiales o personales).
Para ello cuenta con diferentes vías judiciales para establecer la reclamación.
La vía judicial puede incluir, principalmente, cuatro etapas:

  • Primera etapa: Se presenta la denuncia o una demanda ante la autoridad competente. Esto motivará la contestación del contrario, que será representado por su abogado defensor.
  • Segunda etapa: La recopilación de pruebas que sustenten cada posición (testigos, informes, pericias, entre otros).
  • Tercera etapa: Juicio (civil o penal según los casos). El juez emite el fallo o la sentencia que es donde se determina fundamentalmente quién es culpable del siniestro, y la pena correspondiente.
  • Cuarta etapa: Recurso de apelación, medios de impugnación, que se resuelve por el tribunal inmediatamente superior al que dicto la primera sentencia. En los casos de disconformidad con el primer fallo o sentencia, se puede presentar un recurso con la finalidad de revisar el primer fallo, y que el nuevo juzgador decida al estudiarla si procede confirmarla, revocarla o modificarla. El recurso de apelación procede contra las sentencias de primera instancia y contra ciertos tipos de autos según lo señalado en la norma de cada país.

Principales opciones legales

La vía judicial se iniciará bien cuando el siniestro vial constituya un delito, en cuyo caso, se dará comienzo a un proceso penal o bien cuando no se llegue a un acuerdo entre las partes acerca del monto para reparar los daños causados.

  1. Procedimiento penal: Este procedimiento se pone en marcha cuando haya indicios de que se haya producido un delito (ofensa recogida en el Código Penal de cada país). En este caso, hay que formular una denuncia para que se tramite el procedimiento penal. Si se establece que, efectivamente, hubo delito, en el propio procedimiento penal generalmente se determina el monto de la indemnización en función de los daños ocasionados y el juez condena según el Código Penal de cada país (penas de cárcel, entre otros).
  2. Procedimiento civil: En el caso que durante la fase de conciliación no se acuerde una reparación económica del daño causado, se debe interponer una demanda en reclamación de los daños y perjuicios causados por el hecho que se considere apropiada, ante los juzgados civiles.
  3. Proceso contencioso-administrativo: En este supuesto se demanda judicialmente a la Administración Pública (esto es, por ejemplo, a la municipalidad o al ministerio). Esta demanda debe presentarse ante una clase particular de tribunales llamados “contencioso-administrativos” y a través del “recurso contencioso-administrativo”. Este proceso, se inicia en los casos en los que se haya producido un siniestro por el mal estado de la carretera, por ejemplo, o porque se considere que el funcionario público en funciones sea el responsable, entre otros.

Plazos a tener en cuenta

Independientemente de la clase de daños que se sufran (personales o materiales), se deberá tener presente que todas las actuaciones están sometidas a una serie de formalidades legales que han de practicarse en unos días y horas hábiles, en la sede de la autoridad competente y especialmente dentro de unos plazos. Las leyes de cada país han determinado una serie de plazos diferentes que se deben tener muy presentes. Los plazos representan uno de los primeros aspectos que se deben consultar: ¿cuál es el tiempo del que se dispone para hacer valer los derechos? Esta información debe ser debidamente proporcionada por el profesional que le este orientando legalmente.
Es preciso conocer los plazos para:

  • Informar a la compañía de seguros.
  • Interponer una denuncia en la jurisdicción penal.
  • Interponer una demanda civil por responsabilidad por los daños y perjuicios. En este caso es preciso averiguar cuándo existe la posibilidad de ejercitar la acción. En muchas legislaciones esta posibilidad comienza a contarse desde la fecha del siniestro o desde que se hayan curado las lesiones o se conozca el alcance definitivo de las mismas.
  • Interponer la demanda contencioso-administrativa.

Responsabilidad civil y gastos que es posible reclamar

Se pueden reclamar daños materiales y personales. Es importante informar debidamente al abogado de todos los daños materiales y personales sufridos a consecuencia del siniestro, para que pueda realizar la estimación total del daño a demandar. El monto final lo determina un juez con ayuda de los informes emitidos por el médico forense y los peritos judiciales. En caso de que exista un baremo o un sistema de valoración, el juez se basará en esos parámetros económicos claramente establecidos para indemnizar el daño causado.
Daños personales o corporales. La indemnización por lesiones depende del informe que emita el Departamento de Medicina Forense o el resto de peritos médicos.
Dependiendo del daño causado se podrá solicitar:

  • Indemnización por fallecimiento.
  • Indemnización por gastos médicos o sanitarios.
  • Indemnización por lesiones permanentes.
  • Indemnización por incapacidad temporal (lucro cesante).
  • Indemnización por incapacidad permanente y total.

Daños materiales. Para la reclamación de daños materiales como la reparación del vehículo y de los objetos que se hayan deteriorado en el siniestro. También se incluyen los gastos de funeral o entierro.

Indemnizaciones, cobertura económica y seguros

Con la finalidad de garantizar la respuesta después del siniestro, existe en la mayoría de países de la región por ley un Seguro Obligatorio a Terceros SOAT (Ley de Responsabilidad Civil) que regula tanto la responsabilidad civil derivada del uso y circulación de vehículos a motor, como el aseguramiento de los mismos.
En este sentido es importante garantizar a las posibles víctimas y a sus familiares la vigencia del mismo y, para ello, los gobiernos deberán fiscalizar además de la contratación, el pago actualizado del periodo del seguro, estableciendo que el incumplimiento de esta norma constituirá una infracción administrativa.
Si una vez ocurrido el siniestro vial, la víctima se encuentra en desamparo por no poder identificar
al autor de los hechos o porque el mismo no pueda responder civilmente por no poseer seguro o
bienes, deberá ser el Estado el responsable subsidiario de la cobertura hasta el límite del aseguramiento obligatorio, a fin de hacerse cargo de los gastos y proteger a la víctima. Esto no ocurre en todos los países.
Para ello, se deberá crear un fondo nacional de solidaridad y garantía para cubrir la prestación a las
víctimas de siniestros de tránsito.
Es cierto que no siempre las coberturas contratadas en las pólizas de seguros del automóvil cubren en la totalidad las secuelas del siniestro. Pero es importante que las indemnizaciones por fallecimiento, lesiones, periodos de baja, entre otros, estén reguladas por una ordenación legal que establezca las cuantías, a fin de garantizar a través de unas tablas de valoraciones la igualdad de acceso a indemnizaciones justas y reducir la discriminación por diferencias de posibilidades (acceso a mejores abogados, criterio del juez, mayores recursos económicos individuales).
Esta tabla de valoración debe contemplar circunstancias individuales del siniestrado (salario, tipo de trabajo, entre otros) además de explicar el procedimiento a seguir en la valoración de los daños. Deberá actualizarse anualmente con el índice de precios de consumo (IPC) a fin de garantizar la evolución.

Unidades de atención a víctimas de siniestros de tránsito y red de apoyo En numerosos países existen oficinas de atención a víctimas de delitos violentos, pero no se han incluido entre sus funciones considerar la atención a víctimas de siniestros de tránsito.
Actualmente, las víctimas y sus familiares pueden acudir a buscar asesoramiento jurídico a los centros de atención del ciudadano de las fiscalías, defensorías del pueblo, facultades de derecho de universidades, colegios de abogados o los servicios sociales que les podrán asesorar en la medida de sus posibilidades. En la mayoría de los países las víctimas carecen de una información institucional y especializada en la problemática. En estos casos, son las asociaciones de víctimas las que suelen suplir estas carencias a los afectados que se lo demandan.
Además, se está impulsando la necesidad de crear fiscalías especializadas en delitos contra la seguridad vial con el fin de armonizar los criterios de actuación para una efectiva respuesta a los ilícitos penales contra la seguridad vial, que garantice la unidad de criterios y respuesta en esta materia.
Existe la necesidad y la oportunidad de cubrir una carencia normativa a nivel regional sobre la planificación, actuación y coordinación de los profesionales implicados en aquellos sucesos con víctimas de siniestros de tránsito. Para dar respuesta a sus demandas deben crearse unidades de asistencia a las víctimas y, de existir, deben incluir específicamente el servicio a las víctimas de siniestros viales. Estas unidades deben estar ubicadas preferiblemente en los organismos de justicia o los servicios sociales.
La atención deberá estar dirigida principalmente a las víctimas de siniestros de tránsito donde hayan resultado personas heridas o fallecidas. El servicio deberá ser prestado de forma física (presencial) por profesionales idóneos y formados, pero, considerando la dispersión poblacional, se deberá incluir al menos la fase inicial de orientación a las víctimas también por vía telefónica o asistencia a través de web.
El servicio telefónico de atención es una modalidad que, con la tecnología adecuada, ofrece a las víctimas una atención inmediata y a distancia, asegurando una respuesta rápida a las eventualidades que les puedan sobrevenir y, sea cual sea el lugar en que se encuentren y en cualquier momento, poder ser atendido por personal específicamente preparado para dar una respuesta adecuada a las necesidades planteadas.
Estas unidades deben centrarse en tres aspectos fundamentales: la información y orientación general para el ejercicio de los derechos, la atención y apoyo psicológico, y la asistencia social.
El personal deberá estar compuesto por profesionales de distintas disciplinas especialmente formado en intervención en siniestros de tránsito, con la finalidad de brindar información precisa y de calidad tanto a víctimas directas como a indirectas.
El ideal es recibir una intervención bien coordinada para no sufrir derivaciones continuas de unos servicios a otros que perjudiquen la atención de las víctimas y evitar la victimización secundaria.

Para ello deberá existir un protocolo de actuación donde se seguirán las fases del modelo de actuación de otras oficinas de asistencia a las víctimas: Acogida y orientación general, Información jurídica individualizada, Intervención, y Seguimiento:
1. Acogida y orientación general. Habitualmente la acogida la realizan los servicios de emergencia.
La orientación supondrá una información a la víctima sobre: lo que es un croquis y un informe de
recogida de datos o parte policial; en qué consiste la declaración del siniestro; los procedimientos y reclamaciones que se deben realizar, la denuncia, el juicio, entre otros. Informarle sobre la conveniencia de buscar un profesional penalista, la participación en el proceso de la fiscalía, audiencia con el juez a cargo y la importancia de testigos y demás testimonios. En esta etapa se debe brindar toda la información socioeconómica de ayudas.
2. Información jurídica individualizada. Debe ser ofrecida por profesionales en el área legal que darán respuesta al caso específico y responderán sobre dudas y necesidades de información concreta sobre la denuncia o la demanda y, en general, todos los derechos. En este punto se incluye:

  • Información sobre las posibilidades de obtener en el proceso penal la restitución y reparación
  • del daño sufrido.
  • Información sobre las posibilidades, si hubiera, de obtener el beneficio de justicia gratuita.
  • Información sobre los plazos, la fecha y lugar de celebración del juicio, aclaración de dudas, de conceptos o términos jurídicos (apelación, auto, oficio, notificación, entre otros).
  • Información de la resolución que recaiga en el proceso, haya o no haya ejercido la acción

penal.
3. Intervención psicológica y seguimiento. Habitualmente será aquí cuando se evalúe a la víctima
por primera vez dando prioridad a las víctimas directas y a aquellas que, bajo criterios profesionales precisen mayor atención.

Los profesionales al cargo de las unidades solo pueden aportar un apoyo primario, impulsar grupos de auto ayuda y derivar a asociaciones o a profesionales especializados.
Se debe establecer una red de coordinación que permita conocer las competencias de cada organismo en la atención a las víctimas de siniestros de tránsito para brindar una asistencia individual y general coordinada.
Para ello será imprescindible:

  • Crear protocolo

Firmar un protocolo que permita coordinar las actuaciones que desde las diversas instituciones se
llevan a cabo para atender a las víctimas de siniestros de transito del país. Este protocolo se aplicará a las víctimas que lo soliciten.

  • Establecer red

Crear o designar una red para la coordinación general del protocolo formada por diferentes agentes políticos, institucionales (educativos, salud, justicia), sociales, entre otros, que tendrá como responsabilidad dar seguimiento y responder por la ejecución de dicho protocolo.

  • Establecer coordinación

Nombrar a profesionales de referencia para la gestión técnica y para la gestión administrativa.

  • Difundir protocolo

Difundir los contenidos del protocolo entre el personal técnico de los diferentes municipios, provincias, entre otros, que integren la red o dependan de cada una de las entidades firmantes y que estén implicadas en la atención a víctimas.

  • Formar profesionales

Impulsar planes de formación que permitan comprender las necesidades de las víctimas de siniestros viales, haciendo especial referencia a las pautas contenidas en el protocolo para su coordinación. Los planes de formación irán dirigidos a profesionales que integren o dependan de cada una de las entidades firmantes.

  • Establecer servicio de orientación y ayuda

Atender a las víctimas tratando de evitar al máximo la victimización secundaria, reduciendo al mínimo la falta de información o la mala información que añaden dolor e incertidumbre.

  • Dotar de recursos e infraestructura

Garantizar los procedimientos, herramientas y recursos necesarios para dar cumplimiento a todos
aquellos aspectos que no están contemplados en el protocolo inicial y que se presentan desde el momento de la firma hasta su revisión en un período de mínimo tres años.

  • Dar a conocer a la población

Difundir la existencia de este servicio y promover que los medios de comunicación de influencia se involucren en la divulgación del servicio de atención y la lucha contra la violencia vial. Contar con la participación ciudadana de las asociaciones de víctimas.

  • Evaluar y dar seguimiento

Es importante que esta red de apoyo a víctimas cuente con una etapa de seguimiento para poder analizar la situación jurídica, psicológica y económica de la víctima tras el hecho en distintos periodos de tiempo, estas evaluaciones serán de forma interna y externa para lograr analizar el grado de satisfacción de las personas que han brindado y recibido la atención.

  • Conclusión

La presentación de esta Guía iberoamericana de atención integral a víctimas de siniestros de tránsito responde a las necesidades detectadas por la FICVI al finalizar su informe sobre La respuesta tras los siniestros de tránsito en los países de Iberoamérica; y cumple con el Pilar 5 del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020.
Asimismo, dando seguimiento al Plan de Acción 2015-2017 de la FICVI, sus profesionales y técnicos han elaborado esta guía conforme la herramienta metodológica establecida para la toma de datos de los informantes clave con el fin de identificar las necesidades específicas dentro del proyecto (áreas prioritarias) y aplicarla para dar seguimiento a la respuesta de las asociaciones participantes.
En la elaboración de la guía se ha contado con valiosas aportaciones tanto de la Fundación MAPFRE como de CAF –banco de desarrollo de América Latina.
El objetivo final de este documento es implicar a los gobiernos de la región para que utilicen esta información, facilitada desde las experiencias vividas por las víctimas: porque ayudarlas es crear conciencia ciudadana. Es una herramienta que debe servir para establecer protocolos de actuación y crear unidades de atención a víctimas de siniestros de tránsito en sus respectivos países. Ello les va a permitir actuar desde la prevención porque al formar a los actores clave para informar con rigor, se ayudará también a mejorar la seguridad vial y la salud de todos los afectados. Consideramos también la necesidad de aplicar con rigor o modificar las leyes existentes cuando sea preciso para una mayor protección de los ciudadanos.
Consideramos necesario prestar un apoyo cercano a las familias de los afectados para informarles, orientarles y aconsejarles, además de acompañarles en ese largo y doloroso proceso que les ha cambiado tan bruscamente la vida, para que sepan cómo adaptarse a un nuevo escenario. A quienes sufren la carencia o la mala información, se les debe tender una mano amiga, con una escucha cercana y compartir con ellos para dar respuestas a sus preguntas y dudas.
Esta guía señala a los gobiernos de la región el camino a seguir. Un camino que lo han marcado las asociaciones de víctimas que luchan desde el voluntariado contra la violencia vial para lograr un mundo más seguro y solidario, porque tenemos el inexcusable compromiso de trabajar juntos para lograr que nadie más tenga que sufrir el dolor de esta pandemia, que se puede evitar.
Es responsabilidad de los gobiernos y de todos los actores implicados en la seguridad vial cumplir con los compromisos adquiridos a nivel mundial y transformar las palabras en actos.

Referencias

  • Declaración de Brasilia Segunda Conferencia Mundial de Alto Nivel sobre Seguridad Vial: es hora de resultados. Brasilia, 18-19 de noviembre de 2015
  • Organización Mundial de la Salud, Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020.
  • World Health Organization – Global Status Report on Road Safety 2015.
  • Traumatismos causados por el tránsito y discapacidad. Organización Panamericana de la salud. OPS 2011.
  • Observatorio Iberoamericano de Seguridad Vial – OISEVI.
  • Asamblea General Naciones Unidas Mejoramiento de la seguridad vial en el mundo A/70/386.Pilar 5. nº48 pág. 15. septiembre 2015
  • Federación Interamericana de Empresas de Seguros. Declaración de Santiago de Chile 2015
  • Fundación MAPFRE – Área de Prevención y Seguridad Vial- FICVI. Respuesta tras lo siniestros de tránsito en los países de Iberoamérica. 2014.
  • Organización Mundial de la Salud. Fortalecimiento de la legislación sobre seguridad vial: Manual de prácticas y recursos para los países.2014
  • Fundación MAPFRE – Área de Prevención y Seguridad Vial- Stop Accidentes. El día después de los accidentes de tráfico: Perspectiva de las Víctimas. Informe de Resultados. España 2012.
  • World Health Organization – Global Alliance of NGOs for Road Safety. Actividades para promover la seguridad vial y el apoyo a las víctimas con traumatismos causados por accidentes de tránsito. Una Guía para organizaciones no gubernamentales. 2012.
  • Avances en seguridad vial en América Latina y el Caribe 2010-2012. BID-AEC
  • Organización Mundial de la Salud y Banco Mundial Informe mundial sobre prevención de los traumatismos causados por el tránsito. 2004