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Aportes de Luchemos por la Vida y la inseguridad vial actual

Trabajo realizado desde la asociación y sus mayores preocupaciones. Por el Dr. Alberto Silveira, presidente de Luchemos por la Vida.
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EDITORIAL

Gestión con responsabilidad

Apenas unos días atrás finalizamos el V Congreso de Caminos Rurales, en la ciudad de Paraná, un interesante programa por dos días exponiendo todas las alternativas de gestión, soluciones concretas

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Luchemos por la Vida es una organización no gubernamental sin fines de lucro que nació, existe, investiga y trabaja para que algún día no muy lejano podamos alcanzar lo que hoy puede parecer para muchos una utopía: que no mueran más personas en el tránsito en nuestro país. Destaco que nuestra asociación no recibe aporte ninguno del Estado y se solventa con el aporte económico de sponsors y el trabajo intenso, voluntario y gratuito de sus directivos y otros voluntarios.
El próximo 20 de junio cumpliremos 27 años de esta lucha que a veces puede parecer quijotesca.
Para hacer realidad esa utopía realizamos muy diversas tareas. La más conocida quizás es la campaña pública televisiva y radial que hacemos en forma permanente desde hace 25 años.

Nueva campaña de concientización: El celular al volante mata
Este año, Luchemos por la Vida estrenó la campaña publicitaria de concientización en radio, televisión y demás medios audiovisuales para generar conciencia sobre el grave y creciente problema del uso del celular al volante.
La campaña publicitaria “El celular al volante mata” tiene el objetivo de salvar vidas de la inseguridad vial creciente, que en Argentina y el mundo ocasiona la conducción distraída y en algunos casos, a ciegas, de aquellos que al volante utilizan el celular. En nuestro país, este comportamiento se encuentra en franco aumento (en el último estudio de Luchemos en 2014 midió en la Ciudad de Buenos Aires un uso del celular permanente y constante del 10,8% de los conductores en los días hábiles de 10 a 18 hs). Esto significa que hay aproximadamente 151.000 conductores usando un celular simultánea y constantemente en la Ciudad de Buenos Aires. Está comprobado mundialmente que la conducción, en estas condiciones, multiplica por nueve las posibilidades de morir en el tránsito. Y está probado que la discapacidad que genera en el conductor es equiparable a la conducción bajo los efectos del alcohol.

Propuestas de legislación:
A) Delitos contra la seguridad vial
La gravedad de ciertas conductas temerarias al volante plantea la necesidad de constituirlas en delitos. Sí. Usted leyó bien, ni dice infracciones ni tampoco contravenciones. Dice “delitos”, algo que el común de los habitantes asociamos con graves violaciones a los derechos de cada persona, delincuentes, mafias, acciones represivas de la policía, y penas, por sobre todo, prisión y cárcel.
Es que en algunos países muy avanzados en seguridad vial, se ha decidido que ciertos comportamientos que atentan gravemente contra la misma y la vida de las personas en la vía pública, aunque no hayan causado concretamente accidentes de tránsito con muertos o heridos, constituyen delitos que integran sus respectivos códigos penales y son reprimidos con penas de prisión.
Tal vez el caso más cercano a nuestra cultura sea el de España, a cuyo código penal se ha incorporado hace unos años un capítulo denominado “delitos contra la seguridad vial”, y que ha sido perfeccionado en una última reforma, vigente desde diciembre de 2007.

Beneficios de establecer delitos del tránsito en Argentina
Sin duda que elevar al rango de delito una conducta antisocial y antijurídica, expresa de por sí la máxima calificación de repudio social de una conducta que la sociedad no está dispuesta a tolerar a tal punto de enviar a la cárcel a los responsables de la misma.
Desde ya que no es la misma valoración para la sociedad, y aumenta por ende mucho más el
interés por reprimir el accionar de un delincuente que el de un mero infractor.
Desde el punto de vista de la prevención es mucho más disuasivo para cualquiera y acá viene tal vez el máximo beneficio de la constitución en delito, el saber que cualquiera de dichas conductas es un delito que si se lo comete le puede significar al re\"\"sponsable la pérdida de la libertad personal.

Legislación
El afrontar un proceso penal con importantes gastos, ya que seguramente deberá pagar un buen abogado defensor, enfrentar el escarnio público que significa el haberse transformado en un delincuente y la posibilidad de tener que conocer una cárcel desde adentro, así como los antecedentes penales que ganará, son un disuasivo mucho más fuerte para el ciudadano común que el cometer una infracción o contravención. Éstas, muchas veces, se las confunde con una “gracia” o como una manifestación más de la “viveza criolla” y de la cual podrá “zafar” fácilmente con la complacencia del entorno social cómplice o al menos comprensivo y permisivo y que en el peor de los casos a lo sumo, le significará (y en la realidad actual en muy pocos casos) el pago de una multa.
Cabe destacarse que, en forma aislada, hace pocos meses se incorporó el Art. 193 bis al Código Penal, que tipifica, con sus límites, el “correr picadas”.

Otras ventajas de constituir estos comportamientos en delitos
La primera gran ventaja práctica sería que al ser una modificación al Código Penal, la sanción hecha por el Congreso Nacional y consecuente promulgación, establecerían su inmediata vigencia en todo el territorio nacional sin depender de la ratificación o no de todas o algunas de las provincias, como sucede con la legislación del tránsito en general.
Como cualquier delito de acción pública, obliga a fiscales, policías y jueces a intervenir de inmediato, ante el conocimiento del hecho, abriendo el proceso penal de oficio.
Siendo delitos de acción pública, dan la posibilidad a cualquier ciudadano de efectuar la denuncia de la comisión de dichos posibles delitos y/o a sus autores.

Propuestas concretas de Luchemos por la Vida
-Delitos nuevos propuestos:
1) El que condujere cualquier tipo de vehículo automotor a una velocidad superior en 40 km/h a la máxima establecida para dicha autopista, semiautopista, ruta, avenida o calle.
2) El que condujere cualquier tipo de vehículo automotor con una tasa de alcohol en sangre superior a 1 gramo por litro o su equivalente en aire espirado.
3) El que condujere cualquier tipo de vehículo automotor estando privado de la licencia de conducir o inhabilitado para hacerlo por sanción penal o contravencional o por pérdida de los puntos de la licencia o cualquier otro tipo de inhabilitación o sanción aplicada por autoridad administrativa del país.
-Agregados a la legislación penal procesal vigente:
4) En todo proceso por lesiones graves o muerte causadas por el conductor de un vehículo automotor, el Juez tendrá la facultad de inhabilitar preventivamente para conducir al conductor imputado (profesional o no) por todo el tiempo que dure el proceso (una propuesta semejante fue incorporada al Código Procesal Penal de la Nación con el artículo 311 bis).

B) Propuestas para aumentar la seguridad vial reduciendo la velocidad
En el marco del Decenio de Acción para la Seguridad Vial establecido por las Naciones Unidas, con el objetivo de reducir los muertos en el tránsito en un 50%, al cual se ha comprometido nuestro país, las Naciones Unidas han fijado la 4º Semana Mundial para la Seguridad Vial, del 8 al 14 de mayo de 2017, dedicada a promover la reducción de las velocidades de circulación, como medida indispensable para disminuir el número de víctimas.
En países/ regiones de ingresos altos, la velocidad contribuye en alrededor de un 30% a las muertes en el tránsito, mientras que en algunos países/regiones de ingresos medios y bajos está involucrada aproximadamente en el 50%.
Reducir en 10km/h la velocidad máxima en autopistas, semi-autopistas y rutas.
Reducir la velocidad máxima en las avenidas de 60km/h a 50km/h.
Reducir la velocidad máxima en las zonas residenciales a 30km/h.
Colocar controles electrónicos de velocidad en todas las autopistas, rutas y avenidas de alta circulación vehicular y/o peatonal.
Instalar reductores físicos de velocidad, construir chicanas, estrechamientos de calzada y calles sin salida en zonas residenciales y/ o con alta circulación de peatones que aseguren una baja efectiva de las velocidades.

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Educación Vial: Curso online y talleres
Luchemos por la Vida, que desde sus comienzos puso en práctica programas de educación vial, con el sponsoreo de Ford Argentina, lanzó el año pasado, continuando en éste, el programa “Conduciendo Por la Vida”.
¿En qué consiste?
Es un curso audiovisual sobre movilidad segura en el sistema de tránsito y la conducción responsable de vehículos; con el desarrollo de temas claves.
¿Cómo está organizado?
El curso consta de 9 videos educativos, 1 video introductorio y 1 de cierre, de una duración de 5 a 8 minutos. Se pueden ver juntos o por separado, en cualquier momento. Solamente es necesario contestar 3 preguntas para pasar de uno al otro, como una forma de auto evaluación de lo comprendido. Al finalizar los 9 videos temáticos y responder a las preguntas se puede acceder al Certificado del Curso que acredita que se lo ha completado.
¿Quiénes pueden realizarlo?
Los jóvenes y adultos que conducen o desean conducir vehículos, pero también todos aquellos que desean moverse en el tránsito con seguridad y evitar riesgos de lesiones.
¿Cómo pueden los municipios y los educadores hacer uso de este curso?
A través del portal educativo http://www.conduciendoporlavida.com/, en la sección Curso Online se accede al mismo y, además las otras secciones ofrecen guías para su uso y materiales didácticos para el desarrollo de talleres, experimentos y otras actividades educativas.
Como parte del mismo, se ofrecen talleres gratuitos para los jóvenes estudiantes secundarios de 15 a 18 años, de escuelas públicas y privadas, para la concientización y educación vial, para la convivencia y el cuidado de la vida en la vía pública. Durante el año pasado, más de 1800 jóvenes participaron con entusiasmo de la propuesta interactiva.
¿Por qué no disminuyen los muertos en la Argentina?
Seguramente muchos se harán esta pregunta. Observando la drástica disminución de las muertes en otros países desarrollados, algunos más afines a nuestra idiosincrasia, otros tal vez no tanto, uno no puede dejar de preguntarse por qué nosotros no hemos logrado disminuir los muertos en más de 25 años (Ver Cuadro N° 1).
El Estado Argentino asumió el compromiso internacional ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) -como la mayoría de los estados del mundo- de disminuir durante el Decenio de Acción para la Seguridad Vial, el número de muertos en un 50%. Hasta ahora, transcurridos ya 6 años, de acuerdo a las cifras de Luchemos, los muertos no disminuyeron significativamente, y según las últimas oficiales disponibles, aumentaron ligeramente. No se aprecian avances sustentables que acarreen una disminución significativa del número de muertos y heridos.
Al volver la vista atrás, comprobamos que antes estaba prohibido beber y conducir, era obligatorio el uso del cinturón de seguridad y el casco, había que respetar los límites de velocidad y cumplir las normas; pero no lo hacíamos. El gran cambio era que ahora lo hacemos. Al final había resultado que el secreto estaba en conseguir que la ley se cumpliera. “¡Qué gran lección en este país el dedicar los esfuerzos a que la ley se cumpla!”. Éstos son fragmentos de las imperdibles opiniones del ex director de la Dirección del Tráfico de España, Pere Navarro Olivella, país que logró reducir sustancialmente su número de muertos en el tránsito, poniendo en práctica lo que internacionalmente se sabe que hay que hacer.
Para recorrer el camino de los países que lograron disminuir significativamente las víctimas en el tránsito, resulta imprescindible generalizar los controles eficaces en calles y rutas, con las consecuentes sanciones efectivas a los infractores para lograr:
-El uso permanente y generalizado de los cascos en ciclomotores, motocicletas y bicicletas.
-El uso permanente y generalizado de los cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil en los demás vehículos automotores.
-El cumplimiento de los límites de velocidad, y también su reducción.
-Evitar el consumo de alcohol y/o drogas.
-Evitar el uso del celular al volante.
-El otorgamiento generalizado de la prioridad a los peatones.
-También, incorporar a nuestro Código Penal los delitos contra la Seguridad Vial, que incorpore penas de prisión para los transgresores muy graves.

-De una vez por todas se debe implementar la educación vial sistemática y continua en escuelas primarias y secundarias, capacitando a los docentes.
-Tampoco puede estar ausente la unificación de un sistema de otorgamiento serio y responsable de las licencias de conducir, que incluya la licencia por puntos y capacitación a todos los conductores en la conducción segura.
-Urge el mejoramiento de la infraestructura vial para la seguridad de todos los usuarios, en especial, los más vulnerables: peatones, ciclistas y motociclistas (población con creciente y mortal siniestralidad). Estas deben planificarse en el marco de la Visión Cero, como lo hemos analizado en la Asociación Argentina de Carreteras.
Las leyes del tránsito en Argentina no son muy diferentes de las que rigen en los países exitosos en seguridad vial. La diferencia es que en estos se cumplen y en nuestro país, no. Bien lo pueden atestiguar los miles de argentinos afortunados en conducir en países avanzados, donde casi ninguno se atrevería a violar los límites de velocidad o alcohol, o no usar el cinturón de seguridad o simplemente estacionar en cualquier lado.
En síntesis, se trata, de una vez por todas, de hacer lo que hay que hacer.