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Los consorcios camineros de Chaco

En la sesión de experiencias exitosas en la gestión y conservación de caminos rurales, el Ing. Carlos Navarro, sub administrador de la Dirección de Vialidad de la provincia de Chaco, realizó una reseña histórica sobre los mismos y expresó los principales logros obtenidos.
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EDITORIAL

Hablar de Consorcios Camineros es mirar la historia del Chaco, de sendas por donde salían los colonos, a la actualidad con caminos perfectamente transitables y que están diseminados por todo el territorio. En la provincia, prácticamente el 100% de la red terciaria o rural se mantiene a través del sistema de consorcios camineros. Un porcentaje muy bajo se realiza por administración de la DVP. Los mismos están ubicados en cinco regiones y la red que conservan es aproximadamente 27.442,26 kilómetros.

Los consorcios son entidades de bien público, sin fines de lucro, integrado por vecinos de una determinada zona geográfica rural, con el objeto de aunar esfuerzos y aportes económicos para la ejecución y conservación de caminos. Son personas jurídicas de derecho público, no estatal, con
capacidad de actuar pública o privadamente. Entre sus objetivos se encuentran construir, reconstruir y conservar caminos de la red terciaria, vecinal o rural con la directiva y supervisión de la Vialidad.

RESEÑA HISTÓRICA EN EL ÁMBITO PROVINCIAL

AÑO 1954

    • Ley Nº 93 – Crea la Dirección de Vialidad Provincial

Donde se prevé la creación de los Consorcios Camineros para:

    • Estudio
    • Construcción
    • Reconstrucción y
    • Conservación de la Red caminera

AÑO 1969

  • Ley 969 – Régimen de la Vialidad Provincial

Determinación de normas de funcionamiento de la Vialidad Provincial y los Cº Cº.

Fines de la década de 1970

  • Desgaste de normas y recursos

La inexistencia de los recursos nacionales provocó el funcionamiento de los Consorcios Camineros con fondos Provinciales.

AÑO 1983

  • Advenimiento de la Democracia
    • Excesiva politización de los CºCº
    • Alejamiento de personas importantes de los Consorcios Camineros

AÑO 1987

  • Necesidad de restablecer el sistema
    • Consenso entre sectores de establecer nuevas normativas para el funcionamiento de los Consorcios Camineros.

AÑO 1990

  • Ley N° 3565 sancionada el 23/05/90 “Consorcios Camineros, naturaleza y finalidad”.
    • Régimen de funcionamiento de los Consorcios Camineros. Establece unívocamente quienes pueden y deben integrar los Consorcios Camineros, sus objetivos, recursos y su funcionamiento como entidad civil sin fines de lucro.
  • Decreto 709 reglamenta la ley 3565, fecha 12/07/91

MODIFICATORIAS

  • Ley 4961(año 2001) – Amplia los objetivos, permitiendo que puedan ejecutar préstamos destinados a reservorios de agua (Emergencia Provincial por sequía).
  • Ley 5113 (año 2002) y Ley 5146 (año 2002) – Amplia la finalidad y objetivos permitiendo optativamente que puedan ejecutar mantenimiento de canales y cuerpos de agua. Agrega otros parámetros para la distribución del Fondo A. Establece topes para gastos de movilidad, viáticos, cortesía y homenajes y establece que Vialidad Provincial defina un régimen de cuentas y topes para los mismos.
  • Ley 6769 (año 2011) – Disminuye la edad a 18 años, de las personas reales y hábiles, que puedan integrar la masa societaria de los Consorcios Camineros. Y determina que para integrarla se debe tener un año de antigüedad como socio activo.
  • Ley 7152 (año 2012) – Modifica el destino de los recursos del 10% adicional de los Ingresos Brutos, distribuyendo el 70 % como “Fondo Ley Red terciaria de la Provincia” y el 30% Fondo de Vialidad Provincial.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO
Preceptos de la Ley N° 3565:

  • Constitución del C°C°: Se necesita una comisión promotora con más de siete personas, con domicilio real en la zona rural donde se quiere crear el consorcio. Su función es gestionar y presentar ante Vialidad la red de caminos a atender (mínimo 70km) y la nómina mínima de 25 futuros socios consorcistas activos. La DVP evalúa la documentación presentada, aprueba la Comisión Promotora y autoriza para que los interesados convoquen a Asamblea Constitutiva.
  • Previsión de los recursos:
    • Fondo ley red terciaria de la provincia (Fondo A-70%: distribuido en los C°C°, según la cantidad de Km de caminos que tenga como así también las características geográficas y climatológicas y Fondo B-70% destinado a la creación de la C°C°, asistencia a las zonas de emergencias o desastre vial, mejoramiento tecnológico y obras mejorativas).
    • Fondos aportados por la DVP para ejecución de trabajos convenidos.
    • Otros fondos de diversa índole, análogas para cualquier entidad civil.
  • Funcionamiento y control:

Funcionamiento:

    • Estatuto aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial concordante con el Estatuto modelo propuesto por Vialidad y la D.P.J.
    • D.P.J.: Órganos de conducción y control, y asambleas ordinarias y extraordinarias

La D.V.P. ejerce el permanente control técnico, legal, contable y administrativo con libre acceso a toda la documentación que genere el Consorcio Caminero.
Control:

    • Interno: Cumplimiento de sus estatutos, por medio de: Comisión Directiva, Comisión Revisora de Cuentas y los Socios a través de asambleas.
    • Externo: Intervención de otros organismos provinciales o nacionales: Vialidad – Dirección de Conservación- Depto Cº Cº- Delegaciones Zonales- Sección CºCº; Dirección de Personas Jurídicas; Departamento de Auditoria Contable (Vialidad); Fiscalía de Investigaciones Administrativas y Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.).

ADQUISICIONES DEL AÑO 2016

  • 12 Tractores doble tracción de 160 a 180 Hp de potencia.
  • 5 Retro palas doble tracción de 95 Hp de potencia.
  • 5 Carretones de tiro medianos.
  • 5 Casillas para alojamiento personal obrero.

Monto de las adquisiciones: 30 millones de pesos.0
Financiamiento: Leasing nuevo banco del Chaco S.A.
Plazo: 36 meses, tasa: 22%

La tasa real para el C° C° es un 17%  (5% subsidia Fondo B)

  • Anticipo 10 a 20% -financia Fondo B.
  • Valor residual 10 a 20% – Financia Fondo B.
  • Cuota aporta 20%-40%-60%-80% consorcio dependiendo de su red caminera.
  • En general el Consorcio Caminero aporta un 50% del valor del bien, el resto el Fondo Btrabajo “Estado y sociedad al servicio de los caminos rurales”.